Santo Domingo, República Dominicana. — La Asociación Nacional de Profesionales y Técnicos de la Educación (ANPROTED) manifestó su preocupación ante la falta de materialización del pago reconocido judicialmente a favor del señor JUAN NÉSTOR JACOBS SPENCER, quien se desempeñó como Técnico Regional del sistema educativo dominicano, y exhortó al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA) a dar cumplimiento a la decisión emanada del Tribunal Superior Administrativo.
El señor JUAN NÉSTOR JACOBS SPENCER, conjuntamente con ANPROTED, interpuso el 12 de diciembre de 2022 un recurso contencioso administrativo mediante el cual procuró el reconocimiento del Plan de Retiro Complementario Recapitalizable previsto en la Ley núm. 451-08, que modifica la Ley General de Educación núm. 66-97.
Luego de varios años de proceso judicial, la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, mediante la sentencia núm. 0030-1643-2026-SSEN-00150, de fecha 20 de marzo de 2026, declaró regular y válido el recurso y lo acogió en cuanto al fondo.
En consecuencia, el tribunal ordenó al INABIMA reconocer y pagar a favor del señor JUAN NÉSTOR JACOBS SPENCER el Plan de Retiro Complementario Recapitalizable, tomando como base el último salario devengado y reconocido mediante el Decreto núm. 210-22. La decisión también acogió la solicitud de ejecución provisional, conforme a lo establecido en la propia sentencia.
La decisión fue recurrida en casación
Posteriormente, el Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) interpuso un recurso de casación contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Administrativo.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, actuando como Corte de Casación, mediante la sentencia núm. SCJ-TS-26-1565, de fecha 31 de julio de 2026, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el MINERD contra la sentencia núm. 0030-1643-2026-SSEN-00150.
ANPROTED reclama la materialización del derecho reconocido
Ante estos antecedentes, ANPROTED expresó que su posición no procura un privilegio ni un trato preferencial para su miembro, sino la materialización del derecho reconocido mediante la decisión judicial.
La organización gremial señaló que el caso reviste importancia institucional, debido a que se relaciona con el cumplimiento efectivo de las decisiones emanadas de los tribunales y con la protección de los derechos de los profesionales y técnicos de la educación al concluir su trayectoria laboral.
“No estamos solicitando un privilegio. Estamos solicitando que se cumpla una decisión judicial”, manifestó ANPROTED.
Llamado a las autoridades
La asociación hizo un llamado público y respetuoso al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (INABIMA) y a las autoridades competentes para que, dentro del marco de sus atribuciones y conforme a las disposiciones legales correspondientes, se materialice el cumplimiento de la sentencia que reconoce el derecho del señor JUAN NÉSTOR JACOBS SPENCER al Plan de Retiro Complementario Recapitalizable.
ANPROTED reiteró que continuará dando seguimiento al caso y brindando acompañamiento institucional al señor JUAN NÉSTOR JACOBS SPENCER hasta que se produzca una respuesta respecto de la ejecución de la decisión judicial.
“El cumplimiento de las decisiones judiciales constituye una manifestación esencial del respeto al Estado de Derecho”, sostuvo la organización.




