De acuerdo con el artículo 5 de la ley, cada funcionario debe presentar su declaración jurada al iniciar su cargo o al ser reelegido. Además, el artículo 8 del reglamento estipula que la declaración debe ser presentada dentro de los treinta días siguientes a la designación o cese de funciones.
Aunque no es obligatorio presentar una actualización si no hay cambio en la designación, los funcionarios tienen la opción de actualizar su declaración de manera voluntaria para mantener la transparencia y rendición de cuentas.
Para más información, los interesados pueden contactar a la Cámara de Cuentas a través de los teléfonos 809-682-3292, extensiones 2100 y 2101.




