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RESUMEN DE LA NOTICIA CON IA

 Santo Domingo.     -El Tribunal Constitucional (TC) conmemoró este viernes el 182 aniversario de la proclamación de la Constitución dominicana con una audiencia solemne en la que destacó la importancia de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales y acercar a la ciudadanía los mecanismos que establece la carta magna para su protección.

Durante el acto, que contó con la presencia de la vicepresidenta de la República, Raquel Peña, el magistrado Napoleón R. Estévez Lavandier, presidente del TC, afirmó que la fortaleza de un Estado constitucional no se mide únicamente por la amplitud de los derechos que proclama, sino por la eficacia de los medios que aseguran su protección.

Destacó que las garantías constitucionales representan un compromiso del Estado con la dignidad humana, la prevención de los abusos de poder y la preservación del orden constitucional.

«Si los derechos son las promesas que la Constitución hace a las personas, las garantías son los instrumentos jurídicos que le dan vigencia y exigibilidad», expresó Estévez Lavandier, quien sostuvo que la labor de los jueces constitucionales trasciende la preservación formal de la Constitución y tiene como propósito asegurar la vigencia de los principios y valores que sustentan el Estado social y democrático de derecho.

En ese contexto, resaltó que la Constitución encuentra su verdadera expresión en la vida cotidiana de las personas, mensaje que inspira la campaña institucional «La Constitución vive contigo», desarrollada por el TC durante noviembre, Mes de la Constitución.

Las garantías constitucionales y su impacto en la ciudadanía

Como parte de la audiencia solemne, los magistrados del Pleno abordaron distintos instrumentos establecidos en la Constitución para proteger los derechos fundamentales, garantizar el debido proceso y fortalecer la participación ciudadana.

El magistrado Miguel Aníbal Valera Montero, primer sustituto del presidente, explicó el alcance de la acción directa de inconstitucionalidad, prevista en el artículo 185.1, como mecanismo para cuestionar ante el TC las disposiciones normativas contrarias a la Constitución.

Por su parte, el magistrado Domingo Gil abordó el derecho a la tutela judicial efectiva, consagrado en el artículo 69, y la importancia de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la protección de sus derechos.

Sobre la acción de habeas corpus (art. 71), el magistrado Fidias F. Aristy Payano afirmó que esta es una garantía para la persona frente a toda detención que obliga a las autoridades a presentar al detenido inmediatamente ante un juez.

El magistrado José Alejandro Vargas Guerrero se pronunció sobre el art. 69.9, destacando que el TC ha sostenido que el derecho al recurso constituye una garantía fundamental de la tutela judicial efectiva y del debido proceso, cuyo ejercicio se encuentra, necesariamente, sujeto a la satisfacción de condiciones legalmente establecidas.


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