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RESUMEN DE LA NOTICIA CON IA

El nuevo Código Penal dominicano abrió un intenso debate entre juristas durante la tercera edición de RD Debate 2026, donde varios abogados analizaron sus efectos en la persecución de los actos de corrupción administrativa y su relación con los procesos que actualmente se conocen en los tribunales.

La discusión partió de una pregunta central: ¿el nuevo Código Penal ofrece mayores herramientas al Ministerio Público para combatir la corrupción o presenta vacíos y riesgos que podrían complicar su aplicación?

Durante el encuentro, los participantes también abordaron la participación de la procuradora general de la República, Jenny Berenice Reynoso, en el proceso legislativo y las distintas posiciones que surgieron alrededor de la aprobación de la nueva legislación.

El nuevo Código Penal incorpora 22 tipos de corrupción

El abogado José Martínez Hopperman sostuvo que la nueva normativa representa un avance frente al código anterior porque incorpora 22 tipos penales relacionados con la corrupción administrativa.

Según explicó, la legislación busca delimitar con mayor precisión las conductas prohibidas vinculadas con los delitos contra la administración pública.

Entre los comportamientos contemplados mencionó los contratos ilícitos y la sobrevaluación, lo que, a su juicio, permite establecer con mayor claridad cuáles acciones pueden ser perseguidas penalmente.

Martínez Hopperman también consideró que el Ministerio Público tuvo una participación importante para que estas conductas quedaran claramente establecidas en la legislación.

Álvarez advierte sobre una posible “hiperinflación” penal

El abogado Francisco Álvarez planteó una posición diferente. Aunque reconoció que actualmente existe un conjunto de tipos penales más actualizado para enfrentar determinadas formas de corrupción, cuestionó la manera en que se construyó el nuevo marco legal.

A su juicio, existe una especie de “hiperinflación” en materia de corrupción, debido a que algunas disposiciones del Código Penal coinciden con conductas contempladas en la nueva legislación sobre compras y contrataciones públicas.

Álvarez señaló que ambas normas pueden describir conductas similares, pero establecer penas diferentes, situación que podría generar dificultades cuando los tribunales tengan que determinar cuál disposición aplicar.

Además, advirtió sobre el riesgo de que determinadas figuras penales puedan ser utilizadas con fines políticos.

Manuel Fermín cuestiona el artículo 284

El abogado Manuel Fermín Cabral coincidió en que durante años existió un problema con la tipificación de determinadas conductas relacionadas con la corrupción.

Sin embargo, puso especial atención en el artículo 284 del nuevo Código Penal, al considerar que la descripción de la corrupción administrativa resulta demasiado abierta.

Para Fermín Cabral, esa amplitud puede representar un riesgo y plantea dudas sobre su compatibilidad con el principio de constitucionalidad que debe observar el legislador cuando establece conductas como delitos.

Al mismo tiempo, reconoció que otras leyes recientes, entre ellas la legislación sobre contrataciones públicas, también contribuyen a fortalecer el marco jurídico para perseguir la corrupción administrativa.

Debate sobre la prescripción de los delitos

Pedro Manuel Canzals llevó la discusión hacia otro aspecto: el tiempo que transcurre durante los procesos judiciales.

El abogado sostuvo que el nuevo Código Penal no puede afectar los procesos que ya están en curso, al referirse al principio de efectividad de la ley.

Asimismo, destacó que la nueva legislación amplía el alcance de la prescripción hasta 20 años, frente a los 10 años que señaló como referencia del régimen anterior.

Canzals también cuestionó que los procesos puedan prolongarse durante años y planteó que quienes cuentan con mayores recursos pueden utilizar mecanismos legales para extender los procedimientos.

En ese contexto, afirmó que el dinero producto de la corrupción puede permanecer, mientras que el castigo puede perder efectividad si los procesos se prolongan demasiado.

Miguel Valerio pide una  política criminal definida

El abogado Miguel Valerio consideró que la discusión sobre el nuevo Código Penal debe incluir la forma en que fue elaborado y las instituciones que participaron en su construcción.

A su juicio, la procuradora general de la República cumplió con su responsabilidad al acudir al Congreso y defender las posiciones del Ministerio Público, pero entendió que faltó una discusión nacional más amplia sobre la política criminal que debía asumir el país.

Valerio también cuestionó si aumentar las penas constituye por sí mismo una solución efectiva contra la corrupción.

Para sustentar su posición, hizo referencia a un caso en Filipinas en el que, según expuso durante el debate, una modificación del código penal acompañada de condenas redujo la probabilidad de futuros delitos de corrupción.

Además, criticó que el nuevo Código Penal haya sido promulgado mientras el Poder Ejecutivo designaba una comisión para trabajar en su corrección, porque consideró que esto envía un mensaje negativo sobre la política criminal del Estado.

Cándido Simón: “más de lo mismo pero peor”

El abogado Cándido Simón expresó una de las posiciones más críticas durante el debate.

Simón definió el nuevo Código Penal como “más de lo mismo pero peor” y cuestionó que la legislación apueste por incrementar las penas de prisión.

Según su planteamiento, la experiencia internacional demuestra que la prisión no necesariamente funciona como un mecanismo disuasivo para impedir la comisión de delitos.

También sostuvo que el aumento de la privación de libertad y la reducción de alternativas pueden generar una afectación a la democracia, especialmente cuando la libertad constituye la regla dentro de un sistema democrático.

La Constitución también entra en la discusión

Simón sostuvo que la discusión sobre corrupción no puede limitarse al Código Penal, ya que la Constitución dominicana también establece disposiciones relacionadas con este delito.

En ese sentido, hizo referencia a la previsión constitucional sobre la corrupción y a la inversión de la carga de la prueba que, según explicó, contempla la Carta Magna en determinados casos.

Además, destacó que la Constitución coloca la corrupción dentro de una categoría especial junto con otros delitos de particular gravedad.

¿Puede el nuevo Código Penal afectar los casos actuales?

Uno de los puntos que generó mayor discusión fue la posibilidad de que la nueva legislación tenga algún efecto sobre los expedientes de corrupción que actualmente se encuentran en los tribunales.

Durante el debate, los abogados diferenciaron entre el Código Penal y el Código Procesal Penal. Mientras el primero establece cuáles conductas son consideradas delitos, el segundo regula aspectos relacionados con el desarrollo de los procesos judiciales.

Manuel Fermín Cabral insistió en que los problemas relacionados con el tiempo de los procesos y los aspectos probatorios corresponden principalmente al ámbito procesal y no deben utilizarse para evaluar por sí solos la calidad del nuevo Código Penal.


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